Jubilados frente al desalojo de su cabaña en el sur de Chubut
Sandra Morales y Rodolfo Hakl viven desde 2016 junto al lago La Plata, en una zona remota de Chubut. Tras ser absueltos en una causa penal, enfrentan una sentencia civil que ordena restituir el terreno donde construyeron su hogar.

La disputa por una cabaña levantada junto al lago La Plata puso a una pareja de jubilados frente a una orden de desalojo y abrió interrogantes sobre la tenencia de tierras fiscales, los límites administrativos y el acceso a la Justicia en zonas remotas de la Patagonia. Sandra Morales, de 65 años, y Rodolfo Hakl, de 67, viven desde 2016 en el oeste de Chubut, a unos 120 kilómetros del pueblo más cercano, y sostienen que llegaron con autorización para cuidar el entorno. Ahora esperan que una apelación revise la sentencia civil que ordenó restituir el terreno.
Durante años, Sandra Morales y Rodolfo Hakl imaginaron su retiro en un paisaje de montañas, agua fría y caminos difíciles. Después de haber pasado numerosas vacaciones en la Patagonia, en 2016 dejaron José C. Paz y se instalaron en una cabaña ubicada al norte del lago La Plata, cerca de Alto Río Senguer, en el oeste de Chubut. La decisión no fue una mudanza convencional: eligieron un territorio aislado, próximo a la frontera con Chile y alejado de los servicios urbanos.
La pareja afirma que no ocupó el lugar de manera clandestina. Según su relato, al llegar consultó a autoridades municipales y ofreció trabajar sin cobrar a cambio de permanecer allí. Sus tareas, describen, consistieron en cuidar el camping, mantener despejadas las bahías, recoger residuos y colaborar con el mantenimiento de los accesos. La discusión judicial, sin embargo, terminó separándose de esa historia personal: una causa penal concluyó con su absolución, mientras que un proceso civil derivó en una orden de restitución y desalojo.
desalojo de jubilados: El desalojo que amenaza una década de vida junto al lago La Plata
La sentencia civil dispone que Sandra y Rodolfo abandonen el terreno que ocupan. Para ellos, la medida no implica solamente perder una construcción, sino desarmar una forma de vida desarrollada durante más de diez años en condiciones extremas. La pareja asegura que apeló el fallo y que espera presentar ante la Cámara pruebas que, según sostiene, no pudo incorporar adecuadamente durante la primera instancia.
El expediente tuvo una dificultad decisiva: la distancia. La cabaña se encuentra en una zona donde trasladarse durante el invierno puede ser complejo, tanto por el estado de los caminos como por las condiciones climáticas. En la resolución atribuida al juez Gustavo Antoun se reconoce que los jubilados tuvieron obstáculos para ejercer su defensa, aunque el tribunal interpretó la falta de respuesta formal dentro de los plazos como un reconocimiento de los hechos expuestos por la Municipalidad de Alto Río Senguer.
La pareja sostiene que recibió asesoramiento legal insuficiente. Según explicó Sandra al medio que publicó originalmente el caso, una abogada les habría indicado que bastaba con presentar una nota ante el juzgado. Más tarde descubrieron que esa presentación no reemplazaba la contestación formal exigida por el proceso. La diferencia entre una comunicación informal y una defensa procesal completa terminó teniendo consecuencias centrales para el expediente.
Una disputa sobre mapas, catastros y tierras fiscales
Uno de los puntos más sensibles del conflicto es la identificación precisa del terreno. La demanda municipal ubica el área como el Lote 14 de la Fracción A, Sección G III, en el paraje Bahía Laguito Escondido, sobre la costa del lago La Plata. La defensa de los jubilados cuestiona que existan registros cartográficos suficientemente claros para determinar los límites del ejido municipal y diferenciar las tierras fiscales de las propiedades privadas.
La discusión puede parecer técnica, pero define quién tiene autoridad para reclamar la restitución. Si el municipio demuestra que el sector pertenece a su jurisdicción y que ejerce la posesión pública sobre el área, puede sostener su legitimidad para pedir el desalojo. Si, en cambio, la parcela corresponde a un propietario privado o sus límites no están determinados con precisión, la base del reclamo podría ser discutida en la instancia de apelación.
La sentencia considera que la ubicación consignada en la demanda es suficientemente clara. El tribunal también entendió que una empresa privada ocupa solamente una parte del lote y que el resto del territorio conserva carácter fiscal. Esa interpretación permite distinguir entre la titularidad registral de un sector y el dominio o la posesión pública del espacio donde se encuentra la cabaña.
El dato registral que agregó tensión al expediente
En la documentación incorporada al proceso aparece otro elemento relevante: la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble informó que el inmueble identificado como Lote 14, Fracción A, Sección G III figura inscripto a nombre de Don José Moisés SRL, una sociedad vinculada con la cría de ganado bovino y la producción de lana.
La existencia de esa inscripción no resuelve por sí sola el conflicto. El tribunal interpretó que la superficie privada no abarcaría todo el sector reclamado por la Municipalidad de Alto Río Senguer. La defensa, en cambio, plantea que esa información vuelve indispensable precisar con exactitud los límites del lote, la superposición de jurisdicciones y la relación entre la parcela registral y el lugar concreto donde viven los jubilados.
La referencia a los socios de la firma y a sus vínculos con investigaciones judiciales de alcance nacional aparece en la cobertura original, pero no modifica automáticamente la cuestión principal: para definir la situación de Sandra y Rodolfo resultan determinantes los planos, los títulos, las normas locales y las actuaciones procesales. El expediente debe establecer quién puede disponer del terreno y con qué alcance.
Una casa diseñada para resistir el clima patagónico
Rodolfo, que trabajó como albañil, construyó la cabaña con sus propias manos. La vivienda tiene aproximadamente siete metros por siete, un ambiente principal sin divisiones convencionales y un entrepiso destinado a los dormitorios. En el centro hay un fogón de inspiración alemana, construido con hierro y un portón, pensado para concentrar el calor en un ambiente expuesto a bajas temperaturas.
La pareja también instaló cañerías a varios metros de profundidad para reducir el riesgo de congelamiento del agua, un tanque biodigestor y un generador a combustible. La electricidad se utiliza de manera limitada, durante algunos momentos del día. La rutina incluye encender la estufa rusa, cocinar a leña, cortar madera, revisar el invernadero y administrar cuidadosamente los recursos disponibles.
Ese equipamiento muestra que no se trata de una vivienda improvisada para una estadía ocasional. Es una construcción adaptada a un territorio donde el aislamiento condiciona cada actividad. El abastecimiento, el mantenimiento y la movilidad requieren previsión constante. Desmontar la cabaña, como temen sus habitantes, podría significar perder materiales y una infraestructura concebida específicamente para ese ambiente.
La vida cotidiana también tiene una dimensión doméstica que la sentencia no puede reflejar por completo. Rodolfo cocina tortas de manzana, pastafrolas, pastelitos y tortas fritas; la pareja juega a los dardos y pasa largas horas conversando. Sandra terminó de escribir un libro sobre su experiencia en la Patagonia. En paralelo, ambos aseguran haber realizado tareas de mantenimiento que beneficiaron a quienes visitan el lago.
Turismo, conservación y ocupación del territorio
Los jubilados sostienen que mejoraron un acceso que antes era prácticamente intransitable, apagaron fogones abandonados por turistas, levantaron basura, despejaron árboles caídos y construyeron un muelle. Desde su perspectiva, esas acciones explican por qué consideran que contribuyeron al cuidado del lugar y que su presencia no se limitó a una ocupación residencial.
La Municipalidad de Alto Río Senguer presenta otra versión en el expediente. Según la sentencia, el gobierno local habría ejercido la posesión efectiva de los inmuebles desde su conformación política, regulando el uso de la tierra, otorgando concesiones y construyendo campings y cabañas destinadas al control de guardaparques. La diferencia entre ambas miradas revela una tensión frecuente en áreas naturales: la misma presencia puede ser interpretada como colaboración, ocupación irregular, prestación de servicios o aprovechamiento no autorizado.
Sandra y Rodolfo también afirman que existen otras edificaciones en la zona, algunas vinculadas con actividades turísticas y otras atribuidas a personas con conexiones políticas o familiares con funcionarios. Esas afirmaciones forman parte de su posición y deberán ser verificadas dentro de los canales correspondientes. El hecho de que existan construcciones adicionales no determina por sí mismo la legalidad de cada una, pero sí plantea una pregunta sobre la aplicación uniforme de las reglas.
En regiones de baja densidad poblacional, las decisiones sobre tierras públicas tienen efectos que superan a cada ocupante. Pueden influir en el acceso a costas, la instalación de emprendimientos turísticos, la protección ambiental y la definición de quién administra los paisajes de interés público. Sin catastros claros y procedimientos accesibles, los conflictos tienden a prolongarse y a enfrentar a residentes, municipios, empresas y visitantes.
La distancia como barrera concreta para defender derechos
El caso expone una dificultad menos visible que la disputa dominial: la distancia geográfica puede convertirse en una barrera procesal. Para una persona que vive a más de cien kilómetros del centro urbano más cercano, responder una notificación, conseguir asesoramiento especializado y trasladarse a una audiencia exige tiempo, dinero y condiciones climáticas favorables.
La tecnología puede facilitar algunas comunicaciones, pero no reemplaza todos los actos judiciales ni garantiza que una persona comprenda qué presentación debe realizar, en qué plazo y con qué documentación. La diferencia entre estar informado y contar con una defensa efectiva resulta especialmente importante cuando están en juego una vivienda, una inversión personal y la continuidad de una vida construida durante años.
La apelación será la instancia en la que la pareja buscará revisar esos aspectos. Allí podrían adquirir relevancia las pruebas sobre la autorización inicial, las tareas realizadas, la identificación catastral, la titularidad del lote y el alcance de la posesión municipal. También será decisivo determinar si los argumentos fueron introducidos oportunamente y qué elementos pueden incorporarse en la segunda instancia según las reglas del proceso.
Qué puede cambiar para la visibilidad digital de los conflictos por tierras
La historia de Sandra y Rodolfo también muestra cómo un conflicto local puede adquirir alcance nacional cuando reúne territorio, vejez, vivienda, naturaleza y una decisión judicial controvertida. Para medios, organizaciones y lectores, la visibilidad orgánica de estos casos depende menos de repetir una consigna que de explicar con precisión quién reclama, qué resolvió el tribunal y cuáles son los puntos todavía discutidos.
En términos de posicionamiento, las búsquedas vinculadas con el desalojo en el lago La Plata pueden responder a intenciones diferentes: conocer la historia de los jubilados, entender el fallo, ubicar Alto Río Senguer o seguir el resultado de la apelación. Una cobertura responsable debe diferenciar hechos acreditados, declaraciones de las partes y cuestiones pendientes. Esa separación mejora la comprensión y evita convertir acusaciones no comprobadas en conclusiones definitivas.
Para negocios digitales y proyectos editoriales que aborden conflictos territoriales, el caso refuerza la importancia de trabajar con entidades claramente identificadas: Sandra Morales, Rodolfo Hakl, la Municipalidad de Alto Río Senguer, el lago La Plata, Chubut, Don José Moisés SRL y el tribunal interviniente. También resulta fundamental actualizar la información cuando exista una resolución de la Cámara, porque la intención del lector cambiará con cada etapa del proceso.
La fuente original de esta reconstrucción es la cobertura publicada por Clarín. La nota recoge el testimonio de la pareja y los elementos de la sentencia a los que tuvo acceso, mientras que la resolución definitiva del conflicto dependerá de la revisión judicial pendiente.
Mientras esperan esa decisión, Sandra y Rodolfo continúan en la cabaña que construyeron junto al lago. Su reclamo es permanecer en el lugar que eligieron para envejecer, pero el desenlace exigirá resolver antes una cuestión más amplia: cómo se delimitan, administran y protegen los territorios patagónicos cuando la experiencia personal de quienes los habitan entra en tensión con los registros, las normas y las decisiones del Estado.
Preguntas frecuentes
¿Por qué ordenaron desalojar a los jubilados del lago La Plata?
Una sentencia civil ordenó restituir el terreno reclamado por la Municipalidad de Alto Río Senguer. El tribunal consideró que la ubicación estaba suficientemente identificada y que la falta de una respuesta procesal dentro del plazo podía interpretarse como reconocimiento de los hechos. La pareja apeló la decisión y espera una revisión en segunda instancia.
¿La pareja fue condenada en una causa penal?
No. Según la información publicada sobre el expediente, Sandra Morales y Rodolfo Hakl fueron absueltos en la causa penal. El desalojo surge de un proceso civil diferente, en el que se discutieron la posesión, la restitución del terreno y la legitimidad del reclamo municipal.
¿Quién figura como propietario del terreno discutido?
La Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble informó que el lote identificado en el expediente figura inscripto a nombre de Don José Moisés SRL. La sentencia sostuvo que esa propiedad privada abarcaría solamente una parte del área y que el sector restante tendría carácter fiscal, una interpretación que la defensa busca discutir.
¿Dónde viven los jubilados y cómo es la zona?
Viven desde 2016 en una cabaña ubicada al norte del lago La Plata, en el área de Alto Río Senguer, Chubut. Se trata de un territorio remoto, cercano a la frontera con Chile y situado a unos 120 kilómetros del pueblo más próximo. La vivienda funciona con leña, un generador, un sistema de agua adaptado al frío y un biodigestor.
Seguí leyendo
Explorá más notas y secciones de Noticias Netaware.




Comentarios
Sé el primero en opinar
Todavía no hay comentarios en esta nota.
Compartí tu punto de vista abajo.