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IA y vigilancia estatal: qué puede saber el Estado sobre los argentinos

12 min de lectura

Un informe regional advierte que el monitoreo de redes, el reconocimiento facial y el análisis automatizado de datos están ampliando las capacidades de vigilancia estatal en Argentina y América Latina, mientras los controles institucionales avanzan con mayor lentitud.

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La inteligencia artificial y la vigilancia estatal ocupan un lugar cada vez más relevante en la seguridad argentina. El monitoreo de publicaciones abiertas, el análisis automatizado de cámaras, el reconocimiento facial y los sistemas destinados a anticipar delitos ya forman parte de las herramientas incorporadas a la estructura pública. Un informe de Derechos Digitales advierte que esa expansión puede comprometer la privacidad, la libertad de expresión y la posibilidad de cuestionar decisiones oficiales si no está acompañada por reglas claras, supervisión independiente y mecanismos efectivos de reparación.

La discusión dejó de pertenecer exclusivamente al terreno de la ciencia ficción. En Argentina, distintos organismos de seguridad cuentan con facultades para observar información publicada en redes sociales, consultar fuentes abiertas y procesar grandes volúmenes de datos con herramientas algorítmicas. El problema no reside únicamente en la existencia de esas capacidades, sino en el alcance que pueden adquirir cuando se aplican sobre personas concretas, durante períodos prolongados y sin que exista información suficiente sobre los criterios utilizados.

El informe En la mira 2: un panorama de las amenazas digitales en América Latina, elaborado por la organización Derechos Digitales en el marco del Observatorio Latinoamericano de Amenazas Digitales, analiza hechos registrados entre junio de 2024 y mayo de 2025, además de actualizaciones posteriores mencionadas por sus investigadores. El trabajo reúne normas, investigaciones periodísticas, anuncios oficiales y casos de distintos países para observar cómo los Estados están incorporando tecnologías de vigilancia y procesamiento masivo.

La investigación original publicada por Clarín recoge las advertencias de especialistas y detalla las normas argentinas que ampliaron el margen de acción de las fuerzas federales en entornos digitales. El eje de la controversia es una pregunta concreta: hasta dónde puede llegar el Estado cuando una publicación es pública, pero su recopilación, clasificación y combinación con otras bases permite construir un perfil individual.

vigilancia estatal en Argentina: La inteligencia artificial aplicada a la seguridad llega a la vigilancia preventiva

En julio de 2024 se creó la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad, durante la gestión de Patricia Bullrich al frente del Ministerio de Seguridad. Entre sus funciones se incluyeron el análisis de imágenes de cámaras, el reconocimiento facial, el procesamiento de grandes cantidades de información y la elaboración de perfiles vinculados con posibles sospechosos.

La resolución también contempló el uso de algoritmos de aprendizaje automático para estudiar datos históricos de delitos e intentar anticipar escenarios futuros. Ese enfoque, conocido habitualmente como predicción del delito, parte de la idea de que ciertos patrones registrados en el pasado podrían ayudar a orientar recursos policiales. Sin embargo, la metodología puede reproducir errores o sesgos presentes en los datos originales. Si una base refleja controles policiales concentrados en determinados barrios o grupos sociales, un sistema entrenado con esa información puede presentar esas desigualdades como si fueran indicadores objetivos de riesgo.

El resultado no necesariamente es una detención automática, pero sí puede influir en la asignación de vigilancia, la selección de personas para observación o la interpretación de determinadas conductas. Por eso, la precisión técnica no alcanza como garantía. También importa quién define las variables, qué información se descarta, cómo se audita el sistema y qué posibilidad tiene una persona de conocer o cuestionar una decisión que la afecta.

Qué habilitan las normas sobre el monitoreo de redes sociales

La Resolución 428/2024 habilitó a las fuerzas federales a realizar tareas de monitoreo en redes sociales y fuentes abiertas con el objetivo de prevenir delitos. En junio de 2025, el decreto 383 incorporó al estatuto de la Policía Federal la posibilidad de desarrollar tareas preventivas sin autorización judicial en espacios públicos digitales, como sitios web y perfiles accesibles para cualquier usuario.

La normativa establece que esas tareas deben respetar la protección de datos personales, la libertad de expresión, la intimidad y la privacidad. También incluye límites expresos: no se debería obtener información ni producir inteligencia sobre una persona únicamente por sus opiniones políticas. Además, prevé la destrucción de los datos cuando la actividad preventiva termina o no deriva en una investigación judicial, junto con obligaciones de trazabilidad, auditoría y elaboración de reportes.

La existencia de esas restricciones no elimina la discusión. Derechos Digitales cuestiona que el alcance de las facultades sea demasiado amplio y sostiene que todavía falta una ley del Congreso que determine con precisión si el llamado ciberpatrullaje debe considerarse una actividad de inteligencia o una forma de investigación criminal. Esa definición es relevante porque cada categoría supone controles, requisitos y límites diferentes.

La diferencia entre consultar una publicación puntual ante una amenaza concreta y monitorear de manera automatizada la actividad de determinados usuarios es sustancial. En el segundo caso, una persona puede quedar bajo observación por su participación política, su trabajo periodístico, su defensa de derechos humanos o su crítica a una política pública, aunque no haya cometido un delito. El carácter público de un mensaje no convierte automáticamente en ilimitado el derecho estatal a recolectarlo, almacenarlo y cruzarlo con otras fuentes.

Privacidad y libertad de expresión bajo presión

La vigilancia digital puede producir efectos que no aparecen en los registros oficiales. Una persona que sabe, o sospecha, que sus publicaciones son observadas por organismos públicos puede modificar lo que dice, evitar participar en debates o dejar de vincularse con determinados grupos. Esa autocensura no necesita una amenaza explícita para existir: alcanza con la incertidumbre sobre qué conductas son interpretadas como sospechosas y con qué consecuencias.

El riesgo aumenta cuando no se conocen los criterios de clasificación. Un sistema puede analizar palabras, vínculos, frecuencia de publicaciones, ubicación aproximada o interacciones entre cuentas. Cada elemento, aislado, puede ser inocuo; combinado con otros, puede dar lugar a una representación equivocada de la persona. Una ironía puede ser leída literalmente, una fotografía puede asociarse con un hecho ajeno o una relación profesional puede confundirse con pertenencia a una organización investigada.

Por esa razón, la proporcionalidad es central. El Estado debería demostrar que una medida es necesaria para una finalidad legítima, que no existe una alternativa menos invasiva y que el uso de la información está limitado a ese objetivo. También debería informar cuánto tiempo conserva los datos, quién puede consultarlos, qué proveedores tecnológicos intervienen y qué mecanismos existen para corregir errores.

Brasil muestra los riesgos del reconocimiento facial a gran escala

El informe utiliza el programa Smart Sampa, implementado en San Pablo, como uno de los ejemplos más visibles de expansión de la videovigilancia. La iniciativa reúne decenas de miles de cámaras instaladas en espacios públicos y privados y utiliza reconocimiento facial para comparar imágenes con bases judiciales, localizar personas buscadas y apoyar tareas de prevención.

Los casos citados por la investigación muestran que los errores no son un detalle menor. Un hombre de 80 años fue detenido durante horas después de que el sistema lo identificara como un agresor sexual. En otro episodio, un paciente de una institución de salud mental fue esposado por una orden de arresto desactualizada. Ambos hechos exponen fallas posibles en distintas etapas: la calidad de la imagen, la coincidencia biométrica, la actualización de las bases y la decisión humana posterior.

El despliegue también alcanzó escuelas municipales, donde se instalaron cámaras con reconocimiento facial y registros biométricos de estudiantes, docentes y trabajadores. El debate adquiere una dimensión especial cuando involucra a menores de edad. La seguridad en establecimientos educativos es un objetivo legítimo, pero la recopilación permanente de datos biométricos plantea preguntas sobre consentimiento, conservación, acceso y reutilización de la información.

En Argentina, el Observatorio de Derecho Informático Argentino impulsó en 2024 una campaña de concientización sobre el reconocimiento facial masivo mediante códigos QR distribuidos en la Ciudad de Buenos Aires. La iniciativa reflejó una preocupación que excede a un gobierno o una tecnología específica: una vez instaladas las infraestructuras de identificación, sus usos pueden ampliarse con el tiempo.

Del análisis de opiniones a la infraestructura permanente

El problema no se limita a las cámaras. El reporte recupera casos de Colombia y Brasil en los que distintas herramientas fueron utilizadas para analizar publicaciones, clasificar posiciones políticas o medir emociones y popularidad. En Colombia, una investigación periodística describió una lista de cientos de usuarios de X ordenados según posiciones favorables, neutrales u opositoras. En Brasil, una licitación contempló servicios capaces de examinar publicaciones y emociones en el marco de objetivos relacionados con la desinformación y la imagen gubernamental.

Estos antecedentes muestran cómo una tecnología presentada como instrumento contra el delito puede desplazarse hacia el seguimiento de la conversación pública. La frontera entre seguridad, comunicación política e inteligencia resulta especialmente delicada durante períodos electorales o en contextos de alta conflictividad social.

En Ecuador, el informe menciona la colaboración del Gobierno con Palantir para implementar su plataforma en el Servicio Nacional de Aduana durante 2025. El objetivo declarado fue combatir el contrabando y el fraude, pero la posibilidad de consolidar información proveniente de diferentes organismos amplía el alcance del procesamiento. El riesgo no depende solamente de una empresa o de un contrato: surge cuando varias bases públicas pueden ser conectadas sin una explicación clara sobre los límites de esa integración.

La preocupación expresada por Derechos Digitales apunta a la permanencia de estas capacidades. Una plataforma, una base de datos o un protocolo creado durante una administración puede continuar funcionando bajo gobiernos posteriores. Cuando la infraestructura queda instalada y los controles no evolucionan al mismo ritmo, la discusión deja de ser coyuntural y pasa a formar parte de la arquitectura institucional del Estado.

Las filtraciones revelan el costo de recolectar demasiado

La vigilancia y la seguridad también están vinculadas con la protección de la información acumulada. El informe registra filtraciones en doce países y menciona errores de configuración, accesos abusivos y vulnerabilidades en proveedores tecnológicos. En Argentina, distintos organismos públicos y empresas privadas sufrieron incidentes cuyos datos terminaron circulando en foros clandestinos o canales de mensajería.

Entre los antecedentes citados aparece la exposición de estudios médicos de pacientes, incluyendo radiografías, tomografías, ecografías y análisis de laboratorio. También se mencionan filtraciones en entidades como Migraciones, el Senado, PAMI y compañías privadas. No todos los datos ofrecidos en redes clandestinas son actuales: con frecuencia se trata de información vieja que vuelve a comercializarse o se utiliza para afectar la reputación de una institución. Aun así, la circulación prolongada aumenta los riesgos de fraude, extorsión, suplantación y discriminación.

La regla básica de seguridad es limitar la recolección a la información estrictamente necesaria y conservarla durante el menor tiempo posible. Esa premisa adquiere mayor relevancia cuando los datos se utilizan para construir perfiles. Cuantos más registros se conectan, mayor es la capacidad de inferir aspectos que una persona nunca decidió revelar de manera directa.

Qué controles deberían acompañar el uso de datos públicos

La transparencia no exige revelar detalles operativos que puedan comprometer una investigación legítima, pero sí explicar qué organismos utilizan estas herramientas, con qué finalidades, bajo qué autoridad y durante cuánto tiempo. También resulta necesario publicar evaluaciones de impacto, protocolos de acceso, criterios de eliminación y estadísticas de funcionamiento que permitan detectar errores o abusos.

Los controles técnicos son igualmente importantes. El cifrado, la segmentación de permisos, los registros de consulta y las auditorías independientes pueden reducir el acceso indebido. Sin embargo, ninguna medida informática reemplaza una decisión política y jurídica sobre los límites de la vigilancia. Un sistema perfectamente protegido puede seguir siendo ilegítimo si se usa para observar opiniones o actividades protegidas.

La reorganización de las capacidades de ciberseguridad e inteligencia en Argentina vuelve más urgente esa definición. La Agencia Federal de Ciberseguridad fue creada en 2024 dentro de la SIDE y luego, a comienzos de 2026, el esquema fue reformulado: pasó a denominarse Agencia Federal de Ciberinteligencia, mientras las tareas de ciberseguridad quedaron bajo el Centro Nacional de Ciberseguridad. La separación institucional puede ayudar a ordenar responsabilidades, pero su eficacia dependerá de la claridad de las competencias y de la supervisión externa.

La vigilancia estatal también modifica la visibilidad de los negocios digitales

Para medios, empresas, organizaciones y profesionales que dependen de la conversación pública, el crecimiento del monitoreo automatizado introduce riesgos concretos. Una clasificación errónea puede afectar la reputación de una cuenta, generar investigaciones innecesarias o desalentar la publicación de información de interés social. En el plano de la visibilidad orgánica, los negocios digitales deberían prestar atención a la seguridad de sus comunidades, la protección de bases de datos y la trazabilidad de las herramientas externas que utilizan.

La preocupación no implica dejar de usar redes sociales ni renunciar a las tecnologías de análisis. Significa distinguir entre medir tendencias agregadas y perfilar individuos, entre moderar contenidos según reglas transparentes y entregar información sensible a terceros, o entre conservar registros por una necesidad comprobable y acumularlos indefinidamente. Las organizaciones que documentan sus criterios, limitan el acceso y explican sus prácticas están mejor preparadas para responder ante incidentes y reclamos.

La expansión de la inteligencia artificial en seguridad exige algo más que promesas de eficiencia. Requiere leyes debatidas públicamente, autoridades con responsabilidades delimitadas, auditorías verificables y vías de reclamo accesibles. En Argentina y en el resto de América Latina, la cuestión decisiva será si la tecnología queda subordinada a derechos e instituciones o si, por el contrario, las capacidades de vigilancia se consolidan antes de que la sociedad pueda controlarlas.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿El Estado argentino puede monitorear redes sociales?

Las normas mencionadas habilitan tareas preventivas sobre redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes accesibles. Esa facultad no equivale, por sí sola, a autorizar el acceso a conversaciones privadas. El monitoreo debe respetar la protección de datos personales, la intimidad y la libertad de expresión, aunque especialistas cuestionan que los límites actuales sean suficientemente precisos.

¿La inteligencia artificial puede predecir delitos de manera confiable?

Los sistemas pueden identificar patrones presentes en datos históricos, pero no anticipan el futuro con certeza. Si las bases utilizadas contienen sesgos o controles policiales desiguales, el algoritmo puede reproducirlos y reforzarlos. Por eso, sus resultados no deberían reemplazar la evaluación humana, la evidencia concreta ni las garantías judiciales.

¿Qué riesgos tiene el reconocimiento facial masivo?

Puede producir identificaciones erróneas, detenciones injustificadas y seguimiento de personas que no están involucradas en delitos. También genera bases biométricas sensibles, cuyo uso futuro puede exceder el objetivo original. Los riesgos aumentan cuando no existe información sobre las tasas de error, los mecanismos de corrección, el tiempo de conservación y las autoridades con acceso.

¿Una publicación pública pierde toda protección de privacidad?

No necesariamente. Que una publicación pueda ser vista por cualquier persona no significa que pueda ser recolectada, almacenada y cruzada sin límites. El uso estatal debe tener una finalidad legítima, ser necesario y proporcional. También debería impedir que una opinión política, una crítica o una actividad periodística sean tratadas como indicios de delito.

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